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martes, 21 diciembre 2021 / Publicado en Agricultura

Regímenes de extracciones aprobados para 2022 a los regantes de la provincia de Ciudad Real

El Boletín Oficial de la provincia de Ciudad Real ha publicado los regímenes de extracción de agua permitidos para las diferentes Masas de Agua de la Cuenca del Guadiana. Estos regímenes de extracciones tendrán validez para el año 2022. No obstante, podrá ser modificado a lo largo del año en caso de que la evolución de la masa de agua experimentase sensibles modificaciones en su estado cuantitativo o cualitativo, o fuesen necesarios las protección y aseguramiento de los abastecimientos urbanos.

Mancha Occidental II

Año 2019 2020 2021 2022
Dotación leñosos (m3/ha) 1.500 1.400 1.350 1.350
Dotación herbáceos (m3/ha) 2.000 1.900 1.800 1.800

 

La Confederación Hidrográfica del Guadiana considera, de acuerdo con la revisión del Plan Especial e Sequía, que a esta Masa de agua le corresponde un escenario de emergencia, por lo que el volumen máximo de extracciones para los regantes en 2022 será de 1.350 m3/ha para cultivos leñosos y 1.800 m3/ha para cultivos herbáceos. Esto es, una reducción de un 10% respecto de las dotaciones asignadas en las campañas 2014-2019. En caso de que se revierta la situación de emergencia/alerta a situación de prealerta, se levantarán los ajustes y se aplicarán las dotaciones del régimen de extracciones de la campaña 2019.

Ámbito de aplicación: Alameda de Cervera, Alcázar de San Juan, Alhambra, Arenales de San Gregorio, Argamasilla de Alba, Campo de Criptana, Cinco Casas, La Solana, Llanos del Caudillo, Manzanares, Membrilla, Pedro Muñoz, Tomelloso, Socuéllamos.

Mancha Occidental I

Año 2019 2020 2021 2022
Dotación leñosos (m3/ha) 1.500 1.400 1.350 1.350
Dotación herbáceos (m3/ha) 2.000 1.900 1.800 1.800

 

La Confederación Hidrográfica del Guadiana considera, de acuerdo con la revisión del Plan Especial e Sequía, que a esta Masa de agua le corresponde un escenario de emergencia, por lo que el volumen máximo de extracciones para los regantes en 2022 será de 1.350 m3/ha para cultivos leñosos y 1.800 m3/ha para cultivos herbáceos. Esto es, una reducción de un 10% respecto de las dotaciones asignadas en las campañas 2014-2019. En caso de que se revierta la situación de emergencia/alerta a situación de prealerta, se levantarán los ajustes y se aplicarán las dotaciones del régimen de extracciones de la campaña 2019.

Ámbito de aplicación: Alcázar de San Juan, Alhambra, Almagro, Arenas de San Juan, Bolaños, Carrión, Ciudad Real, Daimiel, Fernán Caballero, Fuente El Fresno, Herencia, Las Labores, Llanos de Caudillo, Malagón, Manzanares, Membrilla, Miguelturra, Puerto Lapice, San Carlos del Valle, La Solana, Torralba de Calatrava, Valdepeñas, Villarrubia de los Ojos, Villarta de San Juan.

Campo de Calatrava

Año 2021 2022
Dotación leñosos (m3/ha) 1.500 1.400
Dotación herbáceos (m3/ha) 2.000 1.900

 

Durante el año 2021 se aplicó una reducción en las dotaciones de los aprovechamientos, estableciéndose unas dotaciones máximas de 1500 m³/ha para cultivos leñosos y 2000 m³/ha para cultivos herbáceos. A pesar de ser un año medio en cuanto a precipitaciones, según la CHG se constata un empeoramiento de los niveles piezométricos durante 2021. Por tanto, se aplican restricciones adicionales para 2022. En consecuencia, el volumen máximo a utilizar por los regantes será de 1400 m³/ha para cultivos leñosos y 1900 m³/ha para cultivos herbáceos.

Ámbito de aplicación: Abenójar, Alcolea de Calatrava, Aldea del Rey, Almodóvar del Campo, Ballesteros de Calatrava, Cabezarados, Calzada de Calatrava, Cañada de Calatrava, Caracuel de Calatrava, Carrión de Calatrava, Ciudad Real, Corral de Calatrava, Granátula de Calatrava, Luciana, Moral de Calatrava, Picón, Piedrabuena, Poblete, Porzuna, Pozuelo de Calatrava, Los Pozuelos de Calatrava, Puertollano, Valenzuela de Calatrava, Villamayor de Calatrava, Villar del Pozo.

Campo de Montiel

Para los regantes de esta Masa las dotaciones máximas de agua serán de:

1.- 4.000 m³/ha en los aprovechamientos cuya superficie con derecho a riego no supere las 3 ha.

2.- A los aprovechamientos con superficie con derecho a riego inferior a 15 ha de regadío, les será de aplicación el primer apartado con una dotación de 2.200 m³/ha para el exceso de superficie sobre 3 ha.

3.- A los aprovechamientos con superficie con derecho a riego inferior a 25 ha, les serán de aplicación los apartados primero y segundo, con una dotación de 1.800 m³/ha para el exceso de superficie sobre 15 ha.

4.- Al resto de aprovechamientos dedicados a cultivos herbáceos les serán de aplicación los tres apartados anteriores, con una dotación de 1.000 m³/ha para el exceso de superficie sobre 25 ha.

5.- 1500 m³/ha/año para el cultivo de la vid y otros cultivos leñosos.

Las captaciones situadas en el perímetro de la zona meridional podrán extraer agua con destino a regadío, con una dotación máxima de 1.524 m³/ha, si el caudal fluyente de Villanueva de la Fuente es superior a 130 l/s, salvo en el período 15 de junio a 31 de agosto, en el que queda prohibida la extracción y utilización de agua para riego.

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