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lunes, 29 mayo 2023 / Publicado en ASAJA Ciudad Real

Boletín Informativo: Últimas ayudas publicadas y anunciadas

Te ofrecemos el boletín informativo que ASAJA Ciudad Real elabora con toda la actualidad del sector agrario y la normativa publicada que afecta a los agricultores y ganaderos de la provincia. Si estás interesado en los textos publicados en los boletines oficiales, en los que están basadas estas informaciones, llama a la organización provincial agraria en el 926 21 03 82 y solicítalos.

 

1. AYUDAS DIRECTAS PARA LA GANADERÍA

Se ha publicado y definido un paquete de ayudas para los ganaderos por de 355 millones de euros por parte del Ministerio de Agricultura. La concesión de las ayudas a la ganadería y a la agricultura queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión. En caso de insuficiencia de crédito, se reducirán proporcionalmente los importes a percibir.

¿Beneficiarios?

Ganaderos de bovino, ovino y caprino que hicieran la PAC 2022. En función a esa solicitud, el número de cabezas lo determinará de oficio el Ministerio. Deberán estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social. Los ganaderos de leche: haber declarado entregas o venta directa de leche al INFOLAC en 2022.

¿Cuantía?

El presupuesto es de 355 millones de euros.

  • Vacuno de carne: 157 €/animal hasta 250 vacas. A partir de ese nº se pagará a 78,5 €/animal
  • Vacuno de leche: 61 €/animal
  • Ovino y caprino de carne: 18 €/animal hasta 2.000 animales. A partir de ese nº se pagará a 9 €/animal
  • Ovino y caprino de leche: 11 €/animal hasta 2.000 animales. A partir de ese nº se pagará a 5,5 €/animal

ATENCIÓN: NO SE CONCEDERÁN AYUDAS CUANDO EL IMPORTE SEA INFERIOR A 200 €

¿Procedimiento?

El FEGA publicará la lista de beneficiarios en su sede electrónica, indicando titular, número de animales y cuantía de ayuda a recibir. Habrá 10 días hábiles para presentar alegaciones. El pago de la ayuda lo harán al número de cuenta que pusieron en la PAC 2022.

 

 

2. AYUDAS PARA REPOSICIÓN DE ANIMALES TRAS VACIADO SANITARIO EN OVINO Y CAPRINO POR VIRUELA

El Decreto 49/2023 se establecen las bases de las subvenciones directas para la repoblación de las explotaciones en caso de vaciado sanitario en ovino y caprino.

¿Beneficiarios?

Podrán acogerse a estas subvenciones los titulares de explotaciones ganaderas de reproducción de ovino y caprino, ubicadas en Castilla-La Mancha, en las que se haya procedido al vaciado sanitario, y que efectúen la repoblación de la explotación desde la publicación de este decreto y aquellas que lo llevaron a cabo dentro de los tres años anteriores y cumplan unos requisitos.

Plazo

Hasta el 15 de diciembre de 2023.

Cuantía de la ayuda

La cuantía máxima de la ayuda será la resultante de restar:

El coste subvencionable no podrá superar los 250 euros por animal y, en todo caso, para las AYUDAS BÁSICAS, el importe máximo financiable será de 500.000 euros por explotación.

Además, habrá una AYUDA ADICIONAL, que se otorgará a aquellas explotaciones en las que el límite máximo financiable, establecido en la ayuda básica, no sufrague el coste total del número de los animales introducidos en la explotación. Su cuantía vendrá determinada por la diferencia entre el importe de 500.000 euros y el coste necesario para cubrir el valor del cien por cien del número de animales introducidos en la explotación, con el límite de 800.000 euros por explotación.

Presupuesto

El presupuesto estimado por la Consejería de Agricultura para estas ayudas asciende a 3 millones de euros. El Ministerio podrá financiar hasta el 50%, en función de sus disponibilidades presupuestarias. El importe máximo del crédito destinado a la financiación de la AYUDA ADICIONAL asciende a 2 millones de euros del presupuesto de la Consejería de Agricultura.

 

 

3. AYUDAS ANUNCIADAS PARA LA AGRICULTURA (Pendientes de definir y/o publicar)

AYUDAS DEL MINISTERIO: Decreto de Sequía

¿Beneficiarios?

Personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones agrarias que hayan hecho la PAC 2023. En número de hectáreas de cada beneficiario se determinará de oficio por el Ministerio y corresponderá a la superficie declarada en la PAC 2023.

¿Cuantía?

En Ministerio determinará las cuantías, zonas y cultivos afectados por la sequía. En este momento está evaluando, con las Comunidades Autónomas, las zonas, cultivos y grados de afección de éstos.

Requisitos

Deberán estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

Presupuesto

Presupuesto de 276,71 millones de euros.

¿Procedimiento?

El FEGA publicará la lista de beneficiarios en su sede electrónica, indicando titular, superficie computada y cuantía de ayuda a recibir. Habrá 10 días hábiles para presentar alegaciones. El pago de la ayuda lo harán al número de cuenta que pusieron en la PAC 2023.

 

AYUDAS DEL GOBIERNO REGIONAL: Plan de Sequía

Ayudas a la agricultura de secano

¿Beneficiarios y cuantía?

Ayuda para los agricultores de secano, dotada con 44,4 millones de euros, que se pueden pedir hasta el 30 de junio, marcando en la solicitud única de la PAC la casilla ‘sequía’. De esta línea, 10,8 millones de euros se van a destinar a zonas de montaña, mientras que el resto, 33,6 millones, serán para el resto de la agricultura de secano de la región. En las zonas de montaña, la ayuda será de 105 euros por hectárea, mientras que en el resto de zonas de agricultura de secano será de 100 euros por hectárea. En ambos casos se contempla degresividad. El máximo que se podrá percibir será hasta 4.200 euros por explotación en zonas de montaña y 4.000 euros en el resto. Ayudas para ATP* y explotaciones prioritarias.

ATP*: Agricultor/a a Título Principal es el profesional de la agricultura que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria ejercida en su explotación y cuyo tiempo de trabajo dedicado a actividades no relacionadas con la explotación sea inferior a la mitad de su tiempo de trabajo total. Además, debe estar dado de alta en la Seguridad Social como autónomo de la agricultura.

 

Ayudas a los cultivos leñosos

¿Beneficiarios y cuantía?

Una ayuda para está dirigida a los cultivos leñosos y se asemejará, en su puesta en marcha, a la ayuda que se ejecutó en el olivar por ‘Filomena’. El Gobierno regional va a esperar para conocer con precisión los daños, aunque se espera que esté convocada “antes del verano”. Cuenta con 15 millones de euros de presupuesto.

 

 

4. MEDIDAS COMPENSATORIAS PARA TODO EL SECTOR AGROPECUARIO

SEGURO AGRARIO

El Ministerio subvencionará hasta el 70 % del coste de las pólizas ya contratadas (el máximo permitido por la normativa europea) que incluyan la cobertura por riesgo de sequía en los cultivos de secano de herbáceos extensivos, olivar, uva de vinificación, almendro, avellano, kiwi, endrino, alfalfa, remolacha azucarera y maíz forrajero.

MEDIDAS FISCALES

Se exime del pago de IRPF y del impuesto de sociedades las ayudas que se perciban por los Eco-Regímenes de la PAC.

Quedan eximidas del pago del IBI las propiedades de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que hayan sufrido, en el ejercicio 2023, una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de al menos un 20 % en zonas con limitaciones naturales, (según normativa europea) o de un 30 % en las demás. La orden incluye numerosas minoraciones en los coeficientes (de entre el 30 % y el 50 % para los sectores ganaderos) así como determinados sectores agrarios.

MEDIDAS LABORALES

Aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, cuyo devengo tenga lugar entre los meses de mayo a septiembre de 2023, para las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, y entre los meses de junio a octubre de 2023, para los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

MEDIDAS FINANCIERAS

Ampliación en 20 millones de euros de la dotación para la bonificación de créditos de la línea ICO-MAPA-SAECA que pueden llegar hasta el 15 % del principal del préstamo.

Se amplía en 3 millones de euros la línea de financiación de avales de SAECA que son necesarios para la obtención de estos créditos.

Queda eximida del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados la formalización de avales de SAECA en los contratos de préstamo, lo que supone un abaratamiento de las operaciones que facilitan también el acceso a la financiación.

MEDIDAS HIDROLÓGICAS

Los agricultores que sean titulares de derechos de riego y que hayan tenido una reducción en los suministros de agua que tienen concedidos se beneficiarán de una rebaja del canon. Esta bonificación será del 100 % si la reducción en la dotación de agua supera el 60 %, y del 50 % si el recorte del suministro ha sido de entre el 40 % y el 60 %.

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