asaja@asajacr.com | 926 21 03 82
  • Contacto
  • Área de Socios
  • Área de Socios
  • Cerrar Sesión

Asaja Ciudad Real

Asaja Ciudad Real

Asociación de Jóvenes Agricultores
de Ciudad Real

Teléf. 926 21 03 82
E-mail: asaja@asajacr.com

ASAJA Ciudad Real
Av. del Rey Santo, 8 -bajo-
13001 Ciudad Real

Abrir en Google Maps

Agricultores y Ganaderos orgullosos de nuestra profesión

SerSOCIO
  • Asaja Ciudad Real
    • Quiénes somos
    • Organigrama
    • Ser Socio
    • Dónde Estamos
    • Contacto
  • PAC 2023-2027
  • Agua
  • Asesoramiento
  • Áreas
    • Agricultura
    • Ganadería
    • Laboral Fiscal
    • Legal
    • Prevención
  • Servicios
    • Tramitamos Ayudas
    • Cuadernos de Campo
    • Seguros Agrarios y Generales
      • Seguros Zurich
    • Convenios
  • Cursos
  • Actualidad
    • Noticias
    • Boletines Informativos
    • Agenda & Eventos
    • Legislación
    • Tablón de Anuncios
    • Revista
  • Inicio
  • Noticias
  • Agricultura
  • Ayudas compensatorias para agricultores de zonas ZEPA de áreas esteparias incluidas en la Red Natura 2000
 
0
jueves, 23 mayo 2024 / Publicado en Agricultura

Ayudas compensatorias para agricultores de zonas ZEPA de áreas esteparias incluidas en la Red Natura 2000

El DOCM ha publicado el Decreto 23/2024, de 21 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones para la intervención 6712 pagos compensatorios por desventajas específicas resultantes de la aplicación de las Directivas Red Natura 2000 en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 para Castilla-La Mancha. Esta medida va dirigida a restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad existente en las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de ambientes esteparios. Para explotaciones dedicadas a cultivos herbáceos de secano ubicadas en la Zona A de conservación prioritaria, incluidas en el Anexo II del Plan de Gestión de las Zepas de ambientes esteparios.

Cuantía:

192,90 €/ha. Para esta convocatoria de ayudas el crédito es de 8.199.986,10 de euros.

Plazo:

Las solicitudes de ayuda se presentarán junto a la solicitud única.

Medidas obligatorias.

a. Rotación de cultivos. Cultivos en rotación a dos hojas, de año y vez, con un año cada dos de barbecho con vegetación natural. Se podrá sustituir el barbecho anterior por un barbecho semillado con leguminosas de grano, que no podrá enterrarse en verde, pero podrá ser objeto de recolección o no a criterio de la persona agricultora. En ningún caso se recolectará en verde para forraje.

b. Sobresiembra. Incremento del 25% de semilla en siembras por eventual consumo de semilla por las aves. Las dosis mínimas de siembra en kg/ha serán:

b.1. Para cereales: 200 kg/ha.

b.2. Para guisante: 175 kg/ha

b.3. Para lentejas, yeros y garbanzos: 125 kg/ha

b.4. Para Veza y almortas: 150 kg/ha

b.5. Para otras leguminosas anuales: 125 kg/ha

Hasta el 31 de diciembre de cada año, se deberá presentar una fotocopia de la/s factura/s de compra de semilla certificada para acreditar el cumplimiento de esta obligación. En el caso de que se utilicen semillas propias de reempleo, se justificarán estos compromisos con fotocopia de la/s facturas de acondicionamiento de semillas.

c. La semilla a utilizar no estará sometida a tratamientos que le proporcionen una cubierta de productos de naturaleza química. Excepcionalmente, ante ataques probados de enfermedades fúngicas, se podrán autorizar semillas sulfuradas color ocre.

d. Empleo de cereales de ciclo largo y leguminosas. No se permiten siembras de cereal con posterioridad al 31 de diciembre, salvo para los garbanzos que nunca podrá superar el 28 de febrero y el girasol el 31 de marzo. No obstante, se podrá autorizar otro periodo si se dieran condiciones meteorológicas adversas excepcionales.

e. Retraso de labores. Periodo de tiempo sin realizar labores agrícolas, que con carácter general se establece del 1 de abril al 30 de junio, pudiendo ser modificado anualmente por comarcas agrarias y en espacios determinados, en función de las circunstancias meteorológicas de cada campaña y de la profusión de malas hierbas en barbechos.

Las labores afectadas son retraso de la recolección, que se podrá llevar a cabo a partir del 01 de julio con carácter general, retraso en el empacado y recogida de pajas hasta el 15 de agosto, salvo si se realiza simultáneamente a la recolección.

Además, esta medida también comprende el alzado de la rastrojera que con carácter general se realizará a partir del 15 de diciembre , aunque se podrá adelantar a partir del 15 de octubre, en caso de que sea para la preparación de la siembra de leguminosas, y el no efectuar labores en las parcelas que permanezcan en barbecho hasta el alzado para su cultivo, no antes del 1 de septiembre y el no efectuar labores en las parcelas que permanezcan en barbecho hasta el alzado para su cultivo, desde 1 de julio hasta 31 de agosto. Dicho periodo podrá ser modificado de forma excepcional, previa autorización, si las circunstancias de la campaña o las circunstancias naturales de cada zona así lo justifican.

f. Se prohíbe realizar labores mecanizadas durante la noche (de ocaso a orto), salvo durante el periodo de siembra que se podrán realizar las labores hasta una hora después del ocaso y una hora antes del orto.

g. No podrán utilizarse herbicidas en cultivos, ni en rastrojeras, ni en barbechos. Si no existe otra alternativa y en caso de necesidad y puntualmente, se podrá autorizar, hasta el 15 de marzo y en dosis mínimas, el uso de herbicidas para el control de malas hierbas en cultivos herbáceos, así como fungicidas. Supresión de insecticidas y rodenticidas, excepto en el caso de plaga declarada oficialmente, conforme a la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal, en cuyo caso se habilitarán oficialmente los productos y métodos a emplear.

h. Limitaciones al cultivo de girasol. Límite del cultivo de girasol en el 10% de la superficie de las parcelas incluidas en los núcleos de aplicación de esta medida, para las comarcas donde su empleo en superiores proporciones haya sido hasta entonces habitual. La plantación de este producto en estos lugares nunca podrá llevarse a cabo posteriormente al 31 de marzo.

i. Islas de abandono de cultivo. Establecimiento de franjas permanentes excluidas del laboreo para asiento de la vegetación natural con una anchura mínima de 5 metros y cuyo porcentaje al inicio del plan de gestión será del al menos el 5% y no más del 10%. Está prohibido laborearlas, efectuar tratamientos, acumular objetos o residuos, utilizarlas como zonas de paso y las demás acciones que dificulten el asiento de la vegetación natural y la nidificación o alimentación de las aves. Esta superficie quedará definida en la primera solicitud de ayuda para la intervención 6712 y se ubicará en parcelas agrícolas que hayan sido cultivadas recientemente y permanecerá fija sin cultivar durante todo el período de duración de las medidas obligatorias, sin posibilidad de rotación. En ellas no se podrá realizar ninguna labor, ni se aplicará ningún tratamiento fitosanitario o herbicida.

Si en el momento de la primera solicitud de ayuda para la intervención 6712, la parte que se va a dedicar a islas de abandono de cultivo estuviese con un cultivo herbáceo implantado no se podrá cosechar. Las fajas de abandono de cultivo provenientes del anterior plan de gestión se podrán labrar o no a criterio de la persona que explote dicha superficie, pudiendo volver a repetir la isla de abandono de cultivo en la misma superficie o situarla en otra.

NORMATIVA:

Icono
Descargar

AYUDAS ZONAS ZEPA 349.84 KB 109 downloads

...

Una de las principales medidas que tienen que llevar a cabo estos agricultores, porque así lo dice la normativa europea, es la de no realizar ninguna labor en la tierra del 1 de abril al 30 de junio, por este motivo, y ante el incremento de los costes de producción y la posible reducción de ingresos que esto les pudiera suponer, se establece esta medida compensatoria de 192,90 euros por hectárea. La novedad de estas ayudas es que a partir de ese año son anuales, y no plurianuales como se venía haciendo desde 2017, para facilitar la labor de los profesionales del campo, que no estarían sometidos a un largo período de tiempo si deciden no realizar ninguna actividad agraria.

El presupuesto para los próximos cinco años es de 41 millones de euros, 8,2 millones de euros al año, y se enmarca en el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural Feader, desde donde se financia la contribución de la PAC a los objetivos de desarrollo rural de la Unión Europea. De estas ayudas, se benefician en Castilla-La Mancha alrededor de 1.500 titulares de explotaciones agrarias con parcelas en las Zonas ZEPAs de ambientes esteparios, que en la región son un total de ocho.

FUENTE: JCCLM

También te puede interesar

Conoce las reivindicaciones que abanderarán la manifestación en defensa del olivar del 10 de octubre
Se declara la comarca de emergencia cinegética temporal por daños causados por conejos en 292 municipios de Castilla-La Mancha
ASAJA CLM prevé una merma de cosecha de uva que debe garantizar un aumento del precio

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

doce − once =

Suscríbete a nuestro blog

Categorías

  • Agricultura
  • ASAJA Ciudad Real
  • Combustible
  • FENAVIN
  • FERCAM
  • Ganadería
  • Laboral-Fiscal
  • PAC
  • Riesgos Laborales
  • Seguros
  • Sentencias

Últimas Noticias

  • ASAJA lidera la respuesta ante la grave plaga de conejos que afecta al campo manchego

    La organización agraria reitera el compromiso c...
  • ASAJA se une a la Jornada ‘Mujeres que cultivan el futuro’ para visibilizar el papel clave de las mujeres rurales

    La organización agraria ha puesto en valor el p...
  • El campo exige al Gobierno salvar el cereal español: costes disparados, precios hundidos y competencia desleal

    Cientos de agricultores convocados por ASAJA, C...
  • Castilla-La Mancha vuelve a restringir las labores agrícolas en la campaña de prevención de incendios

    ASAJA Castilla-La Mancha lamenta que, a pesar d...
  • FERDUQUE 2025 contará con casi un centenar de expositores y más de 50 actividades previstas en los más de 12.000 m2 de su Recinto Ferial

    La VII Feria Nacional Agroganadera se celebrará...

Archivos

  • junio 2025
  • mayo 2025
  • abril 2025
  • marzo 2025
  • febrero 2025
  • enero 2025
  • diciembre 2024
  • noviembre 2024
  • octubre 2024
  • septiembre 2024
  • agosto 2024
  • julio 2024
  • junio 2024
  • mayo 2024
  • abril 2024
  • marzo 2024
  • febrero 2024
  • enero 2024
  • diciembre 2023
  • noviembre 2023
  • octubre 2023
  • septiembre 2023
  • agosto 2023
  • julio 2023
  • junio 2023
  • mayo 2023
  • abril 2023
  • marzo 2023
  • febrero 2023
  • enero 2023
  • diciembre 2022
  • noviembre 2022
  • octubre 2022
  • septiembre 2022
  • agosto 2022
  • julio 2022
  • junio 2022
  • mayo 2022
  • abril 2022
  • marzo 2022
  • febrero 2022
  • enero 2022
  • diciembre 2021
  • noviembre 2021
  • octubre 2021
  • septiembre 2021
  • agosto 2021
  • julio 2021
  • junio 2021
  • mayo 2021
  • marzo 2021
  • febrero 2021
  • enero 2021
  • diciembre 2020
  • noviembre 2020
  • octubre 2020
  • septiembre 2020
  • agosto 2020
  • julio 2020
  • junio 2020
  • mayo 2020
  • abril 2020
  • marzo 2020
  • febrero 2020
  • enero 2020
  • diciembre 2019
  • noviembre 2019
  • octubre 2019
  • septiembre 2019
  • agosto 2019
  • julio 2019
  • junio 2019
  • mayo 2019

CONTENIDO

  • Noticias
  • Agenda
  • Anuncios Compra/Venta
  • Cursos
  • Sobre ASAJA Ciudad Real
  • Ser Socio
  • Contacto
  • Transparencia

Aviso legal y Condiciones Generales | Política de Cookies | Política de Privacidad | Canal Ético

CONTACTO

Teléf. 926 21 03 82
Email: asaja@asajacr.com

ASAJA Ciudad Real
Avda. del Rey Santo, 8 -bajo-
13001 Ciudad Real

Abrir en Google Maps

  • SOCIALÍZATE

© 2019 ASAJA Ciudad Real. Todos los derechos reservados. Diseño web Retrazos Agencia Creativa

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

IDENTIDAD ASOCIACION AGRARIA DE JOVENES AGRICULTORES ASAJA
DIRECCIÓN AVENIDA REY SANTO, 8 BAJO
C. POSTAL 13001 LOCALIDAD CIUDAD REAL
CIF G-13102157 TELÉFONO 926210382
EMAIL asaja@asajacr.com
CONTACTO DPD info@edorteam.com

 

En nombre de la empresa tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio de gestión de los datos de los usuarios que comunican con la empresa a través del sitio web. Los datos proporcionados se conservarán hasta la revocación del consentimiento o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales.

El interesado ha sido informado para ser incluido en el mencionado tratamiento,  haciéndose responsables de la veracidad de los mismos y las modificaciones que sufran en el futuro. En cuanto a la legitimación del tratamiento estará regulada por el consentimiento del interesado.

La empresa no cederá datos a terceros, salvo obligación legal.

Si lo desea, puede dirigirse a la empresa con el fin de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos y la limitación u oposición a su tratamiento. Por otro lado, si lo ha facilitado, tendrá derecho a retirar el consentimiento prestado y derecho a reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Las categorías de datos que se tratan son datos identificativos. No se tratan datos especialmente protegidos. El origen de los datos es el propio interesado o su representante legal. Los usuarios serán los colectivos interesados a tal fin.

SUBIR

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies

[ Placeholder content for popup link ] WordPress Download Manager - Best Download Management Plugin