
ASAJA Castilla-La Mancha lamenta que, a pesar de haber avanzado algo en los últimos años, la Consejería de Desarrollo Sostenible sigue imponiendo limitaciones a los agricultores de la región.
ASAJA Castilla-La Mancha ha reiterado su rechazo a cualquier limitación que suponga interrumpir el trabajo de los agricultores a menos que exista un riesgo de incendios verdaderamente extremo. La organización agraria ha criticado que la Viceconsejería de Medio Ambiente no haya atendido su petición de sacar las cosechadoras de la resolución que establece las limitaciones temporales para disminuir el riesgo de incendios en el medio natural.
En este sentido, ASAJA CLM ha asegurado que esta resolución no ha sido consensuada con la organización, pues tampoco ha sido atendida otra de las peticiones que hubieran mitigado el efecto tan negativo que provoca a los cerealistas de la región. Concretamente, se trata de la excepción contemplada para las actividades de cosechado y empacado de cereal cuando el Índice de Propagación Potencial (IPP) sea muy alto, que afecta a aquellos terrenos forestales de superficie continua de 5 hectáreas, anteriormente establecido en 0,1 hectáreas. ASAJA CLM ha considerado esta modificación absolutamente insuficiente, pues había solicitado incrementar la superficie que define las manchas de monte hasta las 100 hectáreas, al igual que ha establecido la comunidad autónoma de Aragón a través de la Orden AGM /681/2023, de 23 de mayo.
“Vamos dando pasos, pero muy lentos y no todos los que quisiéramos” han indicado desde la organización, que ha recordado que primero se prohibió tajantemente cosechar, después se establecieron algunas excepciones con autorización y, posteriormente, otras con medidas preventivas. “lo que pedimos es que nos dejen trabajar y recoger la cosecha que es el trabajo de todo un año” han insistido.
En esta línea, ASAJA CLM ha criticado que las Administraciones, “en vez de hacer un frente común para lograr salvar al sector del cereal afectado gravemente por unos precios muy bajos y un alto coste de los insumos, se publican este tipo de resoluciones que nos condena prácticamente a la desaparición”.
Por último, ante episodios consecutivos de IPP extremo, ASAJA CLM ha indicado que será imprescindible tomar una solución, “porque no se puede paralizar la siega, eso sería la ruina”. La organización agraria ha consultado a la Consejería de Desarrollo Sostenible sobre esta cuestión y se mantiene a la espera de una respuesta o publicación de una nueva resolución.
Limitaciones al sector agrario para disminuir el riesgo de incendios
ASAJA CLM ha recordado a los agricultores que, lo primero que deberán hacer antes de ponerse en marcha con sus labores durante la época de incendios será consultar el Índice de Propagación Potencial (IPP) del término municipal donde se encuentre su explotación. Si el IPP es bajo, moderado o alto, podrán ese día hacer sus labores sin ninguna limitación. Sin embargo, si el IPP es muy alto o extremo tendrán que tener en cuenta las siguientes prohibiciones y limitaciones:
– Se suspenden temporalmente todas las autorizaciones de quema que se hayan concedido (recordamos que, desde el 1 de junio, no se pueden quemar restos de poda, cosecha, salvo autorización concedida expresa).
– Se prohíbe usar maquinaria y herramientas cuyo funcionamiento genere, proyecte o emita partículas incandescentes, deflagraciones o descargas eléctricas, en los montes y en las áreas del medio natural situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos.
No obstante, existen excepciones cuando el IPP sea muy alto (cuando el IPP es extremo estas limitaciones deben aplicarse sin excepción). En este caso, estará permitida la cosecha de leguminosas, papaveráceas, plantas aromáticas, oleaginosas y forrajeras en verde; las actividades de cosechado y empacado de cereal alrededor de aquellos terrenos forestales de superficie continua menor o igual de 5 hectáreas; los laboreos y movimientos de tierra para realizar las fajas perimetrales de protección en labores de cosechado y, previa autorización y cumplimiento de una serie de medidas y recomendaciones preventivas, también podrá utilizarse el uso de maquinaria.
La autorización deberá presentarse con una antelación mínima de 10 días hábiles anteriores al inicio de la actividad y, en caso de ser favorable, tendrá una validez de un año desde la fecha de expedición.
Estas excepciones a las prohibiciones y limitaciones cuando el IPP sea muy alto, y que requieren autorización, deben además aplicar unas medidas obligatorias y unas recomendaciones adicionales. Así pues, se especifica que las actividades de cosecha de cereal, con carácter general, deberán suspenderse durante la franja horaria comprendida entre las 14:00 y las 17:00 horas salvo cuando la cosechadora esté acompañada por un tractor conducido por otra persona y equipado con cultivador o arado chisel, con el objeto de hacer una faja en caso de originarse un incendio para evitar su propagación. Esta persona actuaría de observador de los trabajos y estará atento a las pasadas de la cosechadora para poder llamar al 112 y proceder a la extinción de un posible conato.
Igualmente, deberán aplicarse otras medidas preventivas, tales como que la cosechadora debe contar, al menos, con un extintor de carga tipo ABC, una mochila extintora cargada de agua con una capacidad mínima de 15 litros y un batefuegos, así como contar con un seguro de responsabilidad civil.
En las máquinas que dispongan de matachispas en el tubo de escape, observar y asegurarse de que se encuentra en buenas condiciones e instalado correctamente.
Y, por último, mantener la máquina en condiciones óptimas de funcionamiento, habiéndole realizado las revisiones periódicas y mantenimientos diarios que necesite, y comprobando con frecuencia el estado y limpieza de piezas mecánicas y sistema eléctrico.
Finalmente, ante cualquier duda, la organización agraria recuerda a sus socios que pueden ponerse en contacto con su oficina habitual de ASAJA para resolverla o para ampliar información.