
Este miércoles, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, publica unas ayudas ganaderas que han sido bandera entre las reivindicaciones de ASAJA para los ganaderos de nuestra región. Y es que los animales sacrificados tras un vaciado sanitario son objeto de las correspondientes indemnizaciones, pero la repoblación de animales supone un coste adicional para el ganadero, por lo que es necesario la concesión de ayudas para la adquisición del ganado que constituya el nuevo rebaño.
La finalidad de estas ayudas es compensar la reposición de animales en las explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino de Castilla-La Mancha que hayan sido objeto de un vacío sanitario en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles.
ACTIVIDAD SUBVENCIONABLE
Podrán ser objeto de financiación la compra o el arrendamiento con opción de compra de animales de las especies bovina, ovina y caprina para la repoblación de la explotación, que tras el preceptivo vaciado sanitario de la explotación, se hubiesen incorporado para la repoblación de la misma antes o después de la fecha de solicitud de la ayuda, pero siempre dentro del periodo comprendido entre la fecha de autorización de reintroducción de animales y los doce meses posteriores a la misma y, en todo caso, a efectos de esta norma, computarán aquellos animales incorporados al rebaño hasta la fecha establecida en la resolución de convocatoria, aún en el caso de no haber completado definitivamente la repoblación.
Podrán solicitar estas ayudas las explotaciones que realicen la repoblación tras vacío sanitario desde la publicación de la convocatoria y aquellas que la hicieron en los 3 años anteriores.
CUANTÍA DE LA AYUDA
La cuantía máxima de la ayuda será la resultante de restar al coste total de adquisición o arrendamiento con opción de compra de los animales, las cuantías percibidas en concepto de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de los animales, el valor percibido en el matadero o industria cárnica por los mismos, y el del correspondiente seguro en caso de cubrir la póliza el mismo objeto y finalidad que el de las ayudas reguladas en esta resolución.
Los animales que en el momento de su sacrificio sean mayores de 96 meses de edad en ganado bovino de aptitud cárnica, mayores de 72 meses de edad en ganado bovino de aptitud lechera o mayores de 5 años en ganado ovino o caprino, y los animales menores de 12 meses de edad en ganado bovino o menores de 6 meses de edad en ganado ovino o caprino, sólo podrán ser objeto de subvención hasta un 5 por cien del total de estos animales.
Asimismo, la ayuda se limitará al valor del 85 por ciento de los animales sacrificados. El importe máximo por explotación, para cada convocatoria, será de 40.000 euros.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Serán beneficiarias las personas físicas o jurídicas, agrupaciones de estas o comunidades de bienes o patrimonios separados, que sean titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino o caprino, ubicadas con carácter fijo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sobre las que la Consejería hubiera aprobado la realización de un vaciado sanitario que implique el sacrificio obligatorio de todos los animales de, al menos una especie, de la explotación ganadera.
La repoblación se podrá efectuar en una explotación distinta de la que tuvo lugar el vacío sanitario, siempre que ambas explotaciones pertenezcan al mismo titular y estén ubicadas en Castilla-La Mancha. Excepcionalmente, en el caso de explotaciones de ovino y/o caprino se podrá repoblar con cualquiera de las dos especies.
SOLICITUDES
El DOCM ha publicado las bases, ahora debemos esperar a que se publique la resolución de la convocatoria de la ayuda para saber qué plazo dará la Administración para poder presentar las solicitudes de estas ayudas. Desde ASAJA Ciudad Real mantendremos informados a nuestros ganaderos.