
El próximo 1 de octubre comienza la época de peligro bajo y moderado de incendios en Castilla-La Mancha. Ésta se extenderá hasta el próximo 31 de mayo. Atrás dejamos la época de peligro alto y extremo (del 1 de junio al 30 de septiembre). Llegada esta fecha, por tanto, es importante que los agricultores sepan cómo deben hacer las quemas de sus restos de origen agrícola. Para ello, la Consejería de Desarrollo Sostenible ha elaborado una circular informativa para explicar cómo deben hacerse esas quemas de restos vegetales en el medio natural.
La que de restos de origen agrícola es una materia dependiente de la Delegación Provincial de Agricultura. Estos restos son los referentes a la poda, por ejemplo.
Nota importante: Por condicionalidad PAC está prohibida la quema de rastrojos (BCAM 3)
Voy a quemar a partir del 1 de octubre, ¿tengo que solicitarlo?
Si eres una pequeña o una micro-explotación agraria no tienes que solicitarlo, pero sí deberás comunicar en tu Oficina Comarcal Agraria (OCA) dónde y cuándo vas a quemar. En cambio, si eres una empresa con 50 o más trabajadores sí debes comunicarlo a la Delegación Provincial de Agricultura. El trámite electrónico lo encontrarás en: https://www.jccm.es/tramites/1005102
¿Tengo que solicitarlo si la quema va a ser a menos de 400 metros del monte?
Las empresas con 50 o más trabajadores sí deben comunicarlo a la Delegación Provincial de Agricultura. El trámite electrónico lo encontrarás en: https://www.jccm.es/tramites/1005102. Los particulares no tienen que solicitarlo, pero deberás seguir las siguientes recomendaciones técnicas (anexo), además de comunicar a través de tu OCA el día y la hora que lo harás.
Si los restos que tuvieras que quemar fueran, sin embargo de origen forestal, los pasos a seguir son otros. Te los explicamos en el siguiente documento: