Este fue uno de los logros que arrancó ASAJA al Ministerio de Agricultura. Una ayuda que está recogida en el real decreto-ley de medidas de apoyo al sector frente a la sequía y las consecuencias de la guerra en Ucrania, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 4 de mayo y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 11 de mayo. Se ingresará en los próximos días las cantidades correspondientes a cada asegurado, sin necesidad de que éstos tengan que realizar ningún trámite adicional. Esta ayuda es complementa a la ya percibida en el momento de la suscripción, hasta alcanzar el 70 % sobre el coste de la prima, máximo permitido por la vigente normativa comunitaria.
Los suscriptores de unas 63.000 pólizas de seguros agrarios contra la sequía, según datos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ya han empezado a percibir (se irá ingresando en las cuentas de los asegurados durante los próximos días) la subvención suplementaria para la contratación de seguros agrarios para la que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aprobó un crédito de 40,5 millones de euros.
Se ingresará en los próximos días las cantidades correspondientes a cada asegurado, sin necesidad de que éstos tengan que realizar ningún trámite adicional. El seguro contra la sequía está previsto en varias líneas del seguro agrario, si bien esta subvención de carácter extraordinario se concentra especialmente en los cultivos herbáceos extensivos, viñedo, almendro, pastos para ganadería y olivar.
Esta ayuda es complementa a la ya percibida en el momento de la suscripción, hasta alcanzar el 70 % sobre el coste de la prima, máximo permitido por la vigente normativa comunitaria sobre ayudas estatales al sector agrario.
MUY IMPORTANTE:
Las explotaciones que tienen deudas con la Seguridad Social o la Agencia Tributaria aparecen en una lista donde pone la razón por la que no van a cobrar y dan diez días para subsanarla.
En la lista no aparecen nombres, sólo DNIs y nosotros no podemos comprobarlo. Os pasamos la lista y para que miréis a ver si estáis y podáis resolver la situación, aportando certificado de estar al corriente de pago.
– Si hay una X en el apartado 1: Es porque no se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y deberán adjuntar un certificado expedido por la autoridad competente de la Agencia Tributaria en el que conste que a la fecha de publicación del Real Decreto-Ley 4/2023, de 11 de mayo, cumplían con sus obligaciones tributarias
– Si hay una X en el apartado 2: Es porque no se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social y deberán adjuntar un certificado expedido por la autoridad competente de la Seguridad Social en el que conste que a la fecha de publicación del Real Decreto-Ley 4/2023, de 11 de mayo, cumplían con sus obligaciones con la Seguridad Social.
SI HABÉIS HECHO EL SEGURO DE SEQUÍA Y NO ESTÁIS EN LA LISTA NO OS PREOCUPEIS PORQUE ESTÁN PAGANDO ESTOS DÍAS. SI HABÉIS HECHO EL SEGURO DE SEQUÍA Y VUESTRO DNI ESTÁ EN ESTA LISTA HAY QUE ALEGAR
LISTADO DE LOS QUE NO RECIBIRÁN LA AYUDA SI NO SE PONEN AL CORRIENTE DE PAGO 956.03 KB 94 downloads
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